La nueva Ley 2306 de 2023 reconoce el derecho de la mujer a amamantar sus hijos en el espacio público, sin ningún tipo de discriminación ni restricción y modifica el artículo 238 del C.S.T.
La norma extiende el periodo de lactancia, ya que establece que una vez finalizados los 6 primeros meses, un descanso remunerado de 30 minutos hasta los dos años de edad del/a menor, siempre y cuando se mantenga y manifieste una adecuada lactancia materna continua. Adicionalmente, se deberán conceder más descansos si la trabajadora presenta un certificado médico que los justifique.
La norma sin embargo es muy ambigua al señalar que “para dar cumplimiento a la obligación consagrada en este artículo, los empleadores deben establecer en un local contiguo a aquel en donde la mujer trabaja, una sala de lactancia o un lugar apropiado para guardar al niño”, sin que sea nada claro a qué corresponde un lugar apropiado para “guardar” un niño en una empresa, ni qué especificaciones debe cumplir el “local” al que se hace referencia.